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Comisión de Disciplina ( Reglamento de Convivencia Interna).
Deberes, Derechos , Faltas y sanciones.
REGLAMENTO INTERNO DEL COLEGIO JESÚS MAR
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REGLAMENTO INTERNO DEL COLEGIO JESÚS MARÍA PLA CASTELLANOS

 

DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo I: Los padres de familia tienen el deber de:

a)      Responder por la conducta de sus hijos ante la Dirección del plantel.

b)      Atender las llamadas que les haga la Dirección y los Profesores del plantel.

c)       Asistir a las reuniones planeadas por la Dirección y los Profesores.

d)      Interesarse en forma permanente por el adelanto educativo de sus hijos.

e)      Respetar a docentes, administrativos y estudiantes, de lo contrario tendrá que buscar otra persona para que represente a su acudido.

f)       Los padres de familia, deben estar anuentes de que sus hijos lleguen antes de las 7:00 a.m. al plantel.

g)      Es deber de todo padre, informar de forma escrita a la Dirección del Plantel del retiro definitivo de su acudido.

h)      Todo lo establecido en los Decretos 162 y 142, que norma la disciplina de los estudiantes en las escuelas y colegios regidos por el Meduca.

DEBERES Y OBLIGACIONES DE LOS ESTUDIANTES

Artículo I: Todo estudiante del colegio está obligado a respetar y obedecer a cualquier profesor que labore en éste.

Artículo II: Los estudiantes deben respetar al  Personal Docente, Administrativo, de Servicio y demás personal que labore en este plantel como también a sus compañeros.

Artículo III: Todo estudiante está comprometido a asistir puntualmente a todas las asignaturas que se dicten en un nivel. Cuando falte debe enviar una excusa escrita la cual debe venir firmada por el acudiente y aceptada por el consejero. Luego que ésta ha sido registrada por todos los profesores que dicten clases ese día, deben ser archivadas por el jefe de Orden. Tendrá tres días hábiles para presentar los trabajos o ejercicios asignados para ese (os) día (as).

Artículo IV: El estudiante que no cumpla con su excusa cuando falte a clases está sujeto a ser evaluado con (1.0) en todas las actividades que se realicen en ese día.

Artículo V: Todos los estudiantes deben asistir al saludo de la Bandera y Canto del Himno. Quien no lo haga deberá hacerlo sólo, con la dirección de los profesores de Educación Física y/o Música. Durante estos actos deben guardar el debido respeto y participando con el seguimiento respectivo de éstos.

Artículo VI: Todo estudiante debe participar en los actos sociales, culturales del plantel, desfiles, actos alusivos a determinadas fechas, graduaciones, etc.

Artículo VII: Todos los alumnos tendrán un acudiente responsable, mayor de edad y que resida en Gualaca.

Artículo VIII: En horas de clases ningún estudiante debe deambular por los pasillos, salvo autorización de un profesor, de la Dirección o un miembro de C.O.D.

Artículo IX: Está prohibido provocar o participar en riñas de cualquier tipo.

Artículo X: Los estudiantes deben cuidar el mobiliario y todas las instalaciones del colegio.

Artículo XI: Es prohibido ingerir golosinas u otros alimentos dentro del aula en horas de clases.

Artículo XII: Es prohibido arrojar papeles al suelo dentro y fuera del colegio.

Artículo XIII: No podrán en ningún momento en la relación estudiante-estudiante, estudiante-profesor, y estudiante-administrativo, usar frases vulgares y ofensivas.

Artículo XIV: Todo estudiante debe estudiar y cumplir con sus responsabilidades para obtener un buen resultado académico.

Artículo XV: Ningún estudiante debe alterar o violar documentos personales, de los profesores o de la administración. Quien lo haga estará sujeto a la sanción correspondiente.

Artículo XVI: Ningún estudiante debe abandonar el plantel durante las horas de clases o receso, a menos que el estudiante haya finalizado sus labores académicas o se le haya autorizado el retiro a su hogar.

Artículo XVII: Los alumnos tienen el deber de comportarse correctamente dentro y fuera del plantel, especialmente si llevan el uniforme del mismo.

Artículo XVIII: Para retirarse de clases se requiere una nota escrita y debidamente firmada por el acudiente. De ser cita médica, debe traer la copia de la cita médica. En caso de un motivo extraordinario solicitará permiso por escrito al profesor consejero, pero tendrá que venir su acudiente a retirarlo del plantel.

Artículo XIX: Los alumnos que causen daños en útiles, materiales o equipos escolares, pagarán dichos daños. El pago no excluye las medidas disciplinarias si hubiera lugar a ellos.

Artículo XX: Los alumnos que dejen de asistir un trimestre sin haber comunicado su retiro, serán declarados como retirados por la dirección del colegio.

Artículo XXI: Para los días civiles los estudiantes deben asistir con jeans (menos de color blanco ni rotos), camisa del Colegio (por dentro del Pantalón) con su corbata y correa; corbatín, zapatos cerrados o zapatillas, igualmente sin maquillaje y accesorios. “ La vestimenta puede variar si se le asigna un tema ( ejemplo cinta rosada, día vaquero, entre otras).

Artículo XXII: Los celulares que se decomisen, serán devueltos a fin de año y el Colegio no se hace responsable a (pérdida, daño u otra causa que tenga que ver con el mismo).

 

USO DEL UNIFORME

Artículo I: Es obligación de todo alumno usar debidamente el uniforme escolar completo. No podrá recibir clases ningún alumno que no cumpla con esta disposición. Sólo aquellos que presentan debidamente una excusa firmada por el acudiente y el consejero. (Igual rige para Educación Física).

UNIFORME PARA PRIMER CICLO

Damas:

a)      Camisa color celeste con mangas cortas (sin dobleces).

b)      Falda de color azul marino que cubra la rodilla.

c)       Calzado o mocasín color negro. Sin tacones altos.

d)      Medias azules a media pierna.

e)      En el bolsillo de la camisa irá la insignia oficial debidamente cocida.

Según muestra dad del uso del uniforme (Banner).

 

Varones:

a)      Camisa color celeste con mangas cortas.

b)      Pantalón azul marino sin pliegues y modelo tradicional.

c)       Calzado negro ( sin combinaciones).

d)      Correa negra sencilla(sin hebilla llamativa)

e)      Medias azul marino.

f)       En el bolsillo de la camisa, irá la insignia oficial debidamente cocida.

 

UNIFORME PARA EL NIVEL MEDIO

Damas:

a)      Camisa color blanca con mangas cortas ( sin dobleces)

b)      Falda de color azul marino que cubra la rodilla.

c)       Calzado o mocasín color negro. Sin tacones altos.

d)      Medias azules a media pierna.

e)      En el bolsillo de la camisa irá la insignia oficial debidamente cocida.

Según muestra dada del uso del uniforme (Banner).

Varones:

a)      Camisa color blanca con mangas cortas.

b)      Pantalón azul marino sin pliegues y modelo tradicional.

c)       Correa negra sencilla (sin hebilla llamativa)

d)      Calzado negro( sin combinaciones)

e)      Medias azul marino.

f)       En el bolsillo de la camisa, irá la insignia oficial debidamente cocida.

Según muestra dada del uso del uniforme (Banner).

Para varones el corte de cabello debe ser corto formal, (no doble tono), de lo contrario, la administración programará los cortes de cabello dentro del colegio. Sólo se permite el reloj como prenda con pulso metálico azul o negro. Se exige completo aseo corporal. En caso de las damas, sólo se permiten ganchos o lazos en color negro o azul en el cabello. No se permiten cabellos teñidos, ni maquillajes, incluyendo esmaltes. Sólo se permite reloj como prenda con pulso metálico, azul o negro. Se exige completo aseo corporal. El estudiante no debe llevar artículos personales costosos al colegio. De extraviarse, el colegio no se hará responsable.

UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA

Damas:

Camiseta blanca, pantalón corto de color azul con franja blanca a los lados y elástico en la parte inferior, medias blancas y zapatillas.

DERECHO DE LOS ESTUDIANTES

Artículo I: Los estudiantes tienen derecho a asociarse en grupos: graduandos. C.O.D., grupos deportivos y cualquier tipo de asociación educativa.

Artículo II: Tienen derecho a organizarse a afiliarse en agrupaciones estudiantiles a nivel provincial o nacional.

Artículo III: Tienen derecho a presentar tres (3) ejercicios en un mismo día y así mismo sólo presentarán dos (2) pruebas trimestrales en un mismo día. Todo estudiante tiene derecho a recibir el resultado de sus pruebas (notas) en un mínimo de 8 días hábiles después de haberlas presentado.

Artículo IV: Los profesores deben proporcionar el contenido para los exámenes trimestrales y los mismos pueden ser guías o temarios (los estudiantes los desarrollarán). Y estos se entregarán a los alumnos con ocho (8) días de anticipación.

Artículo V: Todo estudiante tiene derecho a reclamar o apelar cualquier sanción que considera injusta. Debe dirigirse en su orden Profesor-Director.

Artículo VI: Todo alumno mientras manifieste buena conducta y aprovechamiento, tiene derecho a representar a su colegio en actos que este organice y debe participar.

Artículo VII: Ningún alumno podrá ser suspendido de pruebas, exámenes, etc., por deudas o compromisos económicos con la institución o con la consejería.

Artículo VIII: La Dirección otorgará permisos cuando el alumno tenga que realizar una misión de carácter oficial (concursos, juegos, etc.).

Artículo IX: Todo estudiante tiene el deber de llegar antes de las 7:00 a.m. al colegio, de lo contrario, los estudiantes del área de Gualaca cabecera, se le darán dos tardanzas y a los de áreas lejanas se les darán 3 tardanzas con excusa justificada y firmada por el acudiente con copia de cédula. La sanción será de un día de suspensión de incumplir este artículo.

DE LAS FALTAS:

Artículo I: Las faltas se clasifican en leves, graves y gravísimas.

Artículo II: Se consideran faltas leves, las siguientes:

a)      Presentarse en el colegio con el uniforme incompleto o uso incorrecto de él.

b)      Tardanzas o ausencias injustificadas.

c)       Comer dentro del aula, en horas de clase.

d)      Fomentar o participar en desordenes dentro del aula y predios del plantel.

e)      Descuido en el aseo personal y en el aseo de su aula de clases.

f)       Tirar basura en los predios del colegio y fuera de él.

g)      Rayar bancas, pupitres y paredes.

h)      Deambular por los pasillos y predios del colegio sin autorización.

i)        Leer revistas, pasquines u otros en horas de clases.

j)        Usar objetos extraños al uniforme reglamentario (prendas, maquillajes, calcomanías, lentes obscuros, gorras, aparatos con audífonos, celulares) que de ser decomisados, no serán devueltos hasta que finalice el año escolar.

k)      Usar cortes de cabello no adecuados en los varones y las damas no usar tintes en el cabello, mechitas y otros.

l)        Sentarse en el brazo de las sillas o sobre el escritorio del profesor.

m)    Falta de cooperación en las actividades escolares.

Artículo III: Son faltas graves las siguientes:

a)      Ausentarse sin permiso de una hora de clases (fuga).

b)      Deteriorar el mobiliario y estructura física del plantel.

c)       Deteriorar bienes u objetos de compañeros, del personal docente o administrativo.

d)      No cumplir con la sanción correspondiente a la falta cometida.

e)      Irrespeto de palabras, gestos u otro a un miembro del C.O.D. o compañeros.

f)       Obstaculizar el desenvolvimiento normal de las clases por desórdenes o motivos injustificados.

g)      Conducta desordenada en actos cívicos u otra índole que realice el plantel.

h)      Efectuar ruidos y escándalos en el área, predios y fuera del plantel,

i)        Asistir al plantel con aliento alcohólico.

j)        Ingerir bebidas alcohólicas o fumar  dentro o fuera del plantel.

k)      Escribir en las paredes del colegio, palabras obsenas o dibujos pornográficos.

l)        Apropiación indebida de efectos personales.

m)    Permanecer en las aulas, predios del plantel abrazados, en actos inmorales.

n)      No atender el llamado de un profesor, director o inspector.

o)      No cumplir con el aseo del salón.

p)      Reincidencia por tercera vez en cualquier falta leve.

q)      Uso del celular dentro del colegio. Nota. Al estudiante que se le decomise el celular, se le devolverá al finalizar el año escolar.

Artículo IV: Se consideran faltas gravísimas las siguientes:

a)      Irrespeto (agresión) de palabras, gestos o hechos a un profesor o cualquier miembro del personal que labora en la institución.

b)      Irrespeto a la autoridad representada por los funcionarios del Ministerio de Educación y demás autoridades legítimamente constituidas.

c)       Publicar escritos ofensivos contra la personalidad de los miembros del personal Docente, Administrativo o educando del colegio.

d)      Destruir el mobiliario y estructura física del plantel.

e)      Salir del plantel educativo en horas laborales sin autorización del Director (a) o Subdirector(a) del plantel.

f)       Formar desordenes públicos en la comunidad portando el uniforme JMPC, groserías, burla e irrespeto.

g)      Sustraer o destruir bienes u objetos propiedad del personal docente, administrativo, compañeros  o del plantel.

h)      Alteración o falsificación de documentos como: notas, boletines, expedientes o firmas.

i)        Mala conducta del estudiante pública o privada que comprometa el buen nombre del plantel (dentro o fuera del colegio).

j)        Alterar el orden público.

k)      Participar en actos dentro y fuera del plantel que riñan con la salud, moral y las buenas costumbres, (vandalizar, robar, golpear).

l)        Promover y participar en desórdenes callejeros.

m)    Agresión física, individual o colectiva, siempre que no haya lesiones graves.

n)      Consumir, poseer drogas dentro y fuera del plantel. Nota: En ningún caso los menores con problemas de consumo podrá ser privados del acceso al establecimiento educativo, siempre que se demuestre su asistencia a programas de rehabilitación o terapias especiales.

o)      Introducir al colegio y portar objetos peligrosos o cualquier artículo u objeto que pueda causar daños personales o a la propiedad escolar (armas de fuego, blanca o punzo cortante, explosivos, etc.).

p)      Convivencia marital (damas y varones). Siempre que sea comprobada.

q)      Reincidencia en cualquier falta grave.

Nota: el director del colegio en los casos mencionados en los acápites l, m, n, o estará obligado a comunicar el hecho ocurrido a los Jueces Seccionales de Menores.

Artículo V: Cualquier falta que no esté contemplada en este reglamento, corresponderá a la Dirección su juzgamiento y sanción. Y se consultará el reglamento general que rige a loa Colegios Oficiales y Particulares del Ministerio de Educación.

DE LAS SANCIONES

Artículo I: Las sanciones para las faltas leves pueden ser aplicadas por los docentes del plantel, cualquier miembro de la Comisión de Orden y Disciplina. Todo el personal docente podrá levantar una boleta a los estudiantes que cometen una falta y hacerla llegar al consejero o a la Comisión de Orden y Disciplina.

Para las faltas leves las sanciones son:

a)      Amonestación verbal

b)      Citación del acudiente

c)       Trabajos internos que deba realizar

d)      Pagos de materiales

e)      Registrar falta en un expediente (amonestación por escrito, máximo 3, pero a la segunda amonestación será llamado el acudiente al plantel educativo).

Artículo II: Para las faltas graves: Miembros de la Comisión de Disciplina.

a)      Amonestación por escrito.

b)      Notificación y citación por escrito al acudiente.

c)       Registro de la falta en el expediente (de la amonestación por escrito).

d)      Reincidir en tres faltas graves amerita suspensión: si el caso es grave será inmediata (depende del tipo de caso).

Artículo III: Sanciones para las faltas gravísimas:

a)      Suspensión de 1 a 10 días hábiles.

b)      Separación definitiva del colegio-expulsión.

c)       Registro en el expediente.

Artículo IV: Las sanciones para las faltas graves y gravísimas serán aplicadas por la Dirección con la consulta del C.O.D. Para las faltas gravísimas el Director puede convocar al Consejo de Profesores si el caso lo amerita.

Artículo V: Las faltas gravísimas son las siguientes:

1.       Las reincidencias en faltas que han acarreado la suspensión del estudiante dependiendo de la gravedad de las mismas.

2.       La venta o tráfico de drogas psicotrópicas.

3.       Cualquier otro acto o hecho cometido por el estudiante que ponga en peligro su vida o la vida y seguridad de las personas o causen daño o perjuicio a la propiedad o grave perjuicio a los estudiantes o prestigio del plantel.

4.       Cierre de la(s) vía(s) pública(s).

5.       Cualquier acto que afecte a derechos de terceros.

Artículo VI: Las sanciones impuestas por faltas graves o gravísimas, serán dictadas por escrito en forma de resolución y deberá expresar claramente los motivos de ellas, los fundamentos legales y su carácter específico. Esta resolución deberá ser comunicada al acudiente del estudiante por la dirección del plantel.

COMISIÓN DE ORDEN Y DISCIPLINA

Artículo I: El Colegio Jesús María Pla C., contará con una Comisión de Orden y Disciplina, que estará formado de la siguiente manera:

·         Los profesores del Departamento de Educación física, un representante de la dirección o el inspector y los profesores nombrados por la dirección.

·         Además cada salón tendrá un estudiante como miembro principal y un suplente.

·         Los miembros del C.O.D. por salón serán escogidos en las tres primeras semanas de clases de cada periodo escolar, por los consejeros.

·         Para formar parte del C.O.D. el alumno debe tener un promedio de calificaciones no menor a 4.0 y no haber sido sancionado disciplinariamente por faltas graves.

Nota: El reglamento interno, está basado en el Decreto 162 del 22 de julio de 1996 y el Decreto 142 del 4 de septiembre de 1997 del Ministerio de Educación.

 

 

 

UNIÓN- ESTUDIO-TRABAJO